Etiqueta: Aborto

No aprobación de la designación de Marisa Graham como defensora del niño

, ,

EL PARTIDO DEMÓCRATA CRISTIANO EXHORTA A LOS SENADORES A NO APROBAR LA DESIGNACIÓN DE MARISA GRAHAM COMO DEFENSORA DEL NIÑO POR SU CONDICIÓN DE PARTIDARIA DEL ABORTO, DE NOTABLE INCOMPATIBILIDAD CON EL CARGO, POR LAS GRAVES IRREGULARIDADES DEL CONCURSO DE DESIGNACIÓN

Ante la noticia del dictado del decreto del Ejecutivo Nacional 111/2020 sobre Convocatoria a Sesiones Extraordinarias del HCN y el respectivo temario incluyendo en el apartado 5 la aprobación del pliego de designación del Defensor de niñas, niños y adolescentes (ley 26.061) el partido Demócrata Cristiano EXHORTA a los Senadores de la Nación -en cuya Cámara debe completarse el trámite- a no convalidar la designación de la Dra. Marisa Graham para tan importante cargo de resguardo de la infancia argentina, dada su pública militancia a favor del aborto legal por cualquier causa y plazo de gestación, circunstancia de notable incompatibilidad con esa función, ya que el art. 2 de la ley 23849 de adhesión a la Convención Internacional de los derechos del niño (de rango constitucional y de plena vigencia) establece que “se considerará niño a todo ser humano desde la concepción hasta los 18 años”. Por la tanto Dra. Graham dejaría de defender todo un amplio segmento de la infancia, lo cual resulta desde todo punto de vista inaceptable e incompatible con la legislación vigente y la constitución nacional, constituyendo una clara acción ilegal que impide su designación. .
A mayor abundamiento la Democracia Cristiana aclara que el concurso de designación está impugnado por gravísimas irregularidades constitutivas de posibles delitos según denuncia penal en pleno trámite por ante el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 3 Secretaria N° 8 Expediente 3958/2019 cuya copia completa puede accederse en el siguiente vínculo http://bit.ly/2t7k8c5
Por otro lado el proceso de selección está impugnado en el fuero contencioso administrativo por recusación a las integrantes pro aborto de la comisión que propuso a la Dra. Graham, también por su incompatibilidad con la legislación vigente (Causa “Lamuedra Ernesto Ricardo c/EN-Honorable Senado de la Nación s/proceso de conocimiento”-Juzgado contencioso administrativo N° 7 Secretaría N° 13, Expte nro. 30863/2019 de acceso público por internet)
El Partido Demócrata Cristiano, férreamente comprometido con la defensa de la vida y los derechos de todos los niños y niñas, sin exclusiones, coordinará acciones con organizaciones hermanas de defensa de la vida para esclarecer a los Señores Senadores en toda aquello que necesiten para tomar la decisión ineludible de rechazar tan inaudita propuesta de designación contra el derecho de las personas por nacer y accionará de ser necesario ante la Justicia Nacional y Organismos Internacional de no dar respuesta al planteo que se efectúa y se proceda a la designación de esta letrada por presiones e intereses del colectivo denominado “verde” y acuerdos políticos partidarios.

Nidia Margarita Sosa
Presidente
PDC ARGENTINA

María Alejandra Muchart
Presidente
PDC C.A.B.A.

Carlos Lionel Traboulsi
Secretario General
PDC C.A.B.A.

Descargar Aqui

UNA SOCIEDAD QUE MATA A SUS HIJOS, NO TIENE FUTURO

, , ,

 

Despenalizar el aborto, como algunos solicitan, significa lisa y llanamente legalizar el homicidio.
El Estado no puede retirarse de su función primordial: la protección de los más débiles. Y nada hay más débil que un niño no nacido. La legalización del homicidio no va a hacer bajar su tasa, ya que quienes así proceden, no lo hacen porque está prohibido sino por la inexistencia de
políticas de contención y ayuda activas. Al facilitarse una conducta, automáticamente se la promueve. Por ejemplo, en España*, al ampliarse las causales de aborto “no punible” en los últimos 10 años, el número de los mismos se duplicó. Una política de salud efectiva, debe fun-
darse en el bien común y no en elegir selectivamente quien puede vivir y quién no. El aborto no es bueno ni para la madre ni para el niño. Para la madre es 3 veces más peligroso que un parto normal, dejando en todos los casos secuelas físicas o psíquicas gravísimas. Para la víctima prin-
cipal, no hay estadísticas. Su final es siempre la muerte. Si las cifras oficiales son correctas, habría por cada mujer que muere al abortar 5.000 niños asesinados. Es absurdo darse una política para 1 y condenar a 5.000. Hay que desarrollar una política de salud que salve a 5.001
personas. No olvidemos que el aborto es hoy la principal causa de muerte infantil y su extensión revela el fracaso de los llamados “Programas de Salud Reproductiva” que fueron presentados como su alternativa para evitar que siguiera sucediendo. La vida humana es un continuo que
tiene comienzo en la concepción y su final en la muerte natural. En ningún momento de este desarrollo, nadie tiene derecho sobre la misma. No se nos escapa, que detrás de ciertas campañas para cambiar la Ley de Dios de “No matar”, la Ley Natural de preservar la especie y la Ley Po-
sitiva Argentina que protege la vida humana desde la concepción, se esconde el oscuro interés internacional de quienes quieren el genocidio demográfico para desnatalizar nuestras Patrias, de modo tal, que el ahorro que se efectúe en inversión social (escuelas, hospitales, viviendas,
etc.) se destine a pagar endeudamiento externo. La vida es el primero de los derechos humanos sin cuya existencia es imposible el cumplimiento de los restantes, y debe ser garantizado por quienes fuimos beneficiados por éste. Hacemos nuestras las palabras de S.S. Juan Pablo II y
con él repetimos: “Una sociedad que mata a sus hijos no tiene futuro”.

Estadísticas Ministerio de Salud de España (año 2002)
Si querés sumarte a esta campaña o colaborar de la forma que creas conveniente hazlo

EL EMBRIÓN ES PERSONA

, ,

EL EMBRIÓN ES PERSONA
Por Carlos Lionel Traboulsi*
En la Argentina al igual que en América, recurrentemente se debate el tema del aborto como una necesidad del respeto al derecho de elección de la
mujer encubriendo otros objetivos políticos poblacionales y económicos. Es así que se suscitan confrontaciones dialécticas en ese aspecto olvidándose que lo esencial en este es el determinar de qué estamos hablando. Debemos clarificar conceptos para que las palabras empleadas se conviertan en terminologías unívocas y no dejen margen para la duda.
En este sentido comenzaremos en clarificar si el embrión es persona o no, esta es la gran cuestión porque a partir de allí se podrán tomar distintas posturas y construcciones jurídicas, buscando equivalencias en los derechos humanos en juego. No es lo mismo darle preferencia al derecho de elección de la mujer si consideramos que el embrión “no es una persona”, a que vulneremos el derecho a la vida si se concluye en sentido distinto, esto es que el embrión “es persona humana”.
Para muchos, en el tiempo inicial de su existencia, como máximo hasta el momento de la “anidación”, el embrión no es humano. Se lo califica como “pre- embrión”, un minúsculo y amorfo conglomerado de células multipotentes que, en ese estado, no permiten que el embrión sea catalogado como persona. En consecuencia desde la concepción hasta la primer o segunda semana no sería humano y por ende no es titular de derechos, sino solo objeto de la protección que el legislador acepte darle graciosamente. Desde esta conceptualización el pre embrión puede ser congelado, almacenado, manipulado, destruido, siempre que exista un fin suficientemente fuerte que lo justifique. Ahora bien otros muchos, por el contrario, consideramos que desde la concepción se origina un nuevo ser humano, distinto de sus generadores y así, un nuevo sujeto de derechos y no un objeto de protecciones relativas. Se destierra en definitiva la idea de un posible pre-embrión anterior a la existencia de la persona
humana. Si el embrión es considerado un objeto, un medio para, es lógico pensar que puede estar dentro del comercio para el mercado sanitario u otros fines, como otrora fueran los negros que podían ser comprados y vendidos porque erróneamente no se los consideraba personas.
¿El embrión, en los primeros 14 días de su desarrollo es humano? Por de pronto debemos decir que es un producto humano que los varones y las mujeres generan sin utilizar ninguna materia ajena a sus propios organismos. Participa este producto de la dignidad humana porque por sí mismo el embrión evoluciona necesariamente en vida humana. Es un ser nuevo y distinto del de quienes lo generaron, autónomo, con ADN propio y con desarrollo biológico autónomo. No es como una célula que depende del conjunto celular, el embrión no forma parte de ningún conjunto, no es fundamental para la vida de la madre, ni del padre, y si se producen embriones artificiales en laboratorio carecen de utilidad a menos que
se los implante en el útero femenino para continuar el ciclo biológico que conduce al nacimiento.
El embrión se encuentra desde la fecundación del óvulo diferenciado de sus generadores. Es identificable e individualizable con relación a sus
progenitores y con respecto a todo otro embrión y ser viviente. Es un ser, y de que especie? Por su estructura genética se diferencia de las otras especies vivientes. No cabe dudas que es por su estructura genética vertebrado, mamífero, humano. No puede evolucionar hacia otra especie que no sea la humana. De acuerdo con la ciencia que estudia la realidad biológica humana, esto es la genética, la humanidad se encuentra en una especial conformación de la secuencia del ácido desoxirribonucleico –ADN-, que pertenece exclusivamente al género
humano y que es precisamente la que posee el embrión apenas concebido. No cabe dudas que todos fuimos embriones, fuimos feto de 7 meses, fuimos chicos de 4 años, somos adultos; la identificación es perfecta! No admite margen de error. Por lo tanto el derecho frente a un dato irrefutable científico que se fortalece con el avance tecnológico (por lo menos lo que se sabe hasta ahora) no puede permanecer indiferente y debe reconocer la humanidad del Ser recién concebido. Ahora bien, partiendo entonces de esta afirmación científica no religiosa, podemos sostener que no puede hablarse de derecho a la privacidad, a la elección o la terminología que se pretenda usar para amortiguar el impacto de las palabras
en la sociedad en cuestiones que afectan a los derechos inalienables del embrión que según dijimos es persona y distinto a sus padres, debemos por consiguiente declarar la realidad humana del embrión y reconocerle un status jurídico que garantice su derecho a la vida, siguiendo el criterio de la Convención Americana de Derechos Humanos que en su art. 4º establece el derecho de toda persona a que se respete su vida a partir del momento de la concepción.

El avance en las conquistas de derechos por parte de la mujer dentro de nuestras sociedades es imprescindible, pero negándonos a desnaturalizar el verdadero ser y sentido de la mujer dentro de la raza humana. El adelanto científico y tecnológico son positivos y debemos alentarlos y promoverlos, pero sobre bases éticas y morales, respetando siempre el verdadero entendimiento de las terminologías y acciones que se utilicen y practiquen, a fin de que estos adelantos sirvan para garantizar la calidad de vida de las personas; proteger y garantizar el derecho a la vida y en definitiva tender hacia la felicidad de la persona humana en su integralidad y no esclavizarla o denigrarla perdiendo su cualidad y calidad de seres únicos e irrepetibles. * Presidente Partido Demócrata Cristiano Capital Federal – Argentina; abogado; Presidente Observatorio de la Familia “Juan Pablo II”

Democracia Cristiana

Combate de los Pozos 1051 (1222) Ciudad Autónoma de Buenos Aires Reuniones Junta Ejecutiva: Jueves 20:00 hs. Correo electrónico: info@democraciacristiana.com.ar Teléfono: (11) 7503-4963
noviembre 2024
L M X J V S D
 123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930  

Visitanos